PLAN
FAMILIAR INTEGRAL
Usted
siempre piensa en hacer felices a todos en casa, llevandoles regalos, sacandolos
a pasear, compartiendo tiempo con ellos, pero por que no reforzar toda esa
entrega con algo muy importante: una total tranquilidad económica que
permita cubrir cualquier eventualidad que pueda ocurrirle a alguno de sus
seres queridos, porque nadie está exento de un accidente o enfermedad.
muerte
accidental.
incapacidad
total y permanente.
El
pago de la indemnización correspondiente se efectúa de acuerdo
al miembro de la familia que fallezca y al monto del beneficio elegido.
Si
como resultado de lesiones corporales accidentales el asegurado queda total
y continuamente incapacitado para cualquier ocupación, la Compañía
pagará la indemnización correspondiente.
perdida
accidental de extremidades o de la vista, oido y voz.
gastos
médicos.
En
el caso que el asegurado sufra una pérdida parcial a consecuencia de
una lesión accidental, esta se indemnizará según el plan
elegido.
Paga
el tratamiento médico o quirúrgico, hasta el límite elegido,
recibido a consecuencia de lesiones accidentales. Incluye honorarios por visitas
ambulatorias, enfermeras, hospital y los medicamentos o tratamientos recetados.
renta
mensual por alimentación.
Suma
pagadera en 12 meses a los beneficiarios designados, a ser aplicada únicamente
bajo concepto de alimentación, a consecuencia de la muerte accidental
de cualquier cónyuge asegurado.
hospitalización
por enfermedad o accidente.
Le
paga una suma diaria de acuerdo al plan elegido, mientras usted se encuentre
hospitalizado: comenzando desde el primer día, es decir, sin deducible
y hasta un máximo de 365 días.