¡Cuidado! ¿Conoces cuáles son las infracciones de tránsito en Ecuador?
Generalmente, nos hacemos una idea de cuáles son las contravenciones de tránsito que nos podrían generar multa, pero no está de más ser prudentes y echar un vistazo tanto a los delitos como a las contravenciones para evitarnos pasar un mal rato.
Descripción extendida
Todos sabemos que no debemos beber si vamos a conducir, que debemos respetar la luz roja, que debemos tener nuestros papeles al día, que debemos usar el cinturón de seguridad, que no debemos conducir sin haber obtenido la licencia y en líneas generales tenemos una idea de cuáles acciones pueden traernos problemas, pero ¿sabías que las infracciones de tránsito se dividen encontravenciones y delitos? ¿Conoces cuál la diferencia entre ambos?
Diferencia entre contravención y delito
La diferencia entre ambos términos viene dada por la gravedad del hecho ilícito que da lugar a una aplicación diferente de las sanciones.
En líneas generales, la contravención se aplica cuando no hemos respetado una norma de tránsito o hemos infringido la ley o el código de convivenvia pertinente. Es un acto tipificado en el códico de derecho y por lo tanto, conlleva a una sanción o castigo. La magnitud de dicha sanción o castigo dependerá de la gravedad que implique la infracción cometida.
Las contravenciones pueden ser muy diversas y se pueden aplicar a los distintos aspectos de la vida social: desde la forma como nos comportamos en público, hasta la manera como conducimos nuestro vehículo.
La contravención podría por lo tanto, ser ubicada en un escalón más abajo deldelito, su infracción representa un peligro propio o para los demás. Mientras que el delito, es un comportamiento que va contra la ley y es tipificado como más grave que la contravención, en donde el daño, intencional o imprudente se hizo efectivo.
A continuacion señalaremos algunos de los delitos de tránsito con sus respectivas sanciones:
1.- Provocar la muerte a una o varias personas por manejar bajo los efectos del alcohol o de las drogas, genera una revocatoria definitiva de la licencia de conducir y una condena de 8 a 12 años de prisión y una multa de 30 remuneraciones básicas.
2.- Provocar la muerte a una o varias personas por: negligencia, impericia, exceso de velocidad, imprudencia, malas condiciones del vehículo o el no obedecer a una ley de tránsito, conlleva a prisión de 3 a 5 años, también a una suspensión de la licencia de conducir por igual tiempo y una multa de 20 remuneraciones básicas.
3.- Provocar la muerte a una o varias personas, por malas condiciones físicas, tales como: falta de sueño, cansancio o mal estado de salud,implicará una pena de prisión de uno a tres años, con suspensión de la licencia de conducir por igual cantidad de tiempo y una multa de 15 remuneraciones básicas.
Si el conductor del vehículo accidentado es un empleado al que obligaron a trabajar en tales condiciones, se le aplicará la misma multa al empleador.
4.- Conducir un vehículo con la licencia de conducir suspendida de forma temporal o definitiva y causar un accidente en estas condiciones, en donde los daños materiales no excedan las seis remuneraciones básicas, generará una sanción con una multa de cinco remuneraciones básicas. Y si existe reincidencia, el infractor será sancionado con 15 días de prisión y la licencia de conducir será revocada de forma definitiva.
5.- Otras acciones consideradas delitos, serán: causar lesiones a terceros por accidentes de tránsito, producir daños materiales, etc. Las mismas podrán significar penas de prisión, suspensión de la licencia de conducir y pérdida de puntos en la misma.
Clases de Contravenciones de Tránsito:
Las contravenciones de tránsito se encuentran clasificadas de acuerdo a una escala que va desde las muy graves hasta las leves, originando multas y sanciones a los infractores.
Contravenciones muy Graves: Son aquellas que representan pena de prisión por 3 días, multa de una remuneración básica, pérdida de 10 puntos en la licencia y prisión preventiva del vehículo por 24 horas. Las mismas consistirán en: conducir a exceso de velocidad, ser irrespotuoso con las autoridades de tránsito y conducir sin licencia o bajo los efectos de drogas o alcohol.
Por su parte, se multará con 2 remuneraciones básicas, retención del vehículo por 7 días y pérdida de 10 puntos en la licencia de conducir a quienes: hagan carreras de vehículos en la vía pública, lleven a cabo transporte de pasajeros sin los permisos requeridos o conduzcan un vehículo con una licencia de categoría menor a la que éste exige.
Contravenciones Graves Tercera Clase:
En esta categoría se sancionarán con multa del 50% de una remuneración básica y la pérdida de 9 puntos en la licencia de conducir a quienes: conduzcan con la licencia caducada o revocada. A quienes ocasionen accidentes de los que resulten daños materiales. A los adolescentes que conduzcan sólos cuando la licencia especifica presencia de un adulto. A los conductores extranjeros que en la frontera presten servicio comercial de transporte. A los conductores de transporte público que excedan la cantidad de pasajeros o el volumen de carga.
Contravenciones Graves Segunda Clase:
En esta categoría se sancionará con el 40% de una remuneración básica y la pérdida de 7.5 puntos en la licencia de conducir, a quienes lleven a cabo las siguientes acciones: derramar sustancias tóxicas o deslizantes en la vía pública, transportar material inflamable sin los permisos pertinentes, provocar con el vehículo daños a la vía pública, estacionar el vehículo en zonas catalogadas como peligrosas (túneles, puentes, curvas) sin tomar en cuenta las medidas preventivas necesarias, no retirar los escombros de la vía luego de haber finalizado un trabajo, conducir con gente ubicada en la parte exterior del vehículo, como parachoques, estribos, etc. Transportes comerciales o públicos que carezcan de las franjas retroreflectivas. Conductor de transporte comercial o público que se niegue a prestar el servicio.
Contravenciones Graves Primera Clase:
La sanción será el pago de una multa del 30% de una remuneración básica y la pérdida de 6 puntos en la licencia de conducir para aquellas personas que: Adelanten vehículos en lugares no permitidos, desobezcan a un oficial de tránsito, excedan el límite de velocidad, conduzcan un vehículo en malas condiciones mecánicas, coloquen obstáculos en la vía que provoquen la alteración del tráfico, manejen una moto sin el casco respectivo, conduzcan un vehículo sin sus placas o si las mismas se encuentran alteradas, transporten carga que salga del vehículo sin colocar los banderines rojos, propietarios de un transporte comercial o público que permitan que otra persona sin la debida autorización conduzca el vehículo, conductores profesionales que presten servicio comercial, público o propio fuera de la zona en la que han sido autorizados para ello.
Contravenciones Leves Tercera Clase
La sanción será el pago de una multa del 15% de una remuneración básica y la pérdida de 4.5 puntos en la licencia de conducir para aquellas personas que: desciendan una pendiente con el motor apagado, no paguen los peajes, conducir en contrasentido, no despejar la vía ante señales de alarma o sirenas, estacionar en lugares no autorizados, no contar con cinturón de seguridad, no usar taxímetro, alterarlo o colocarlo en un lugar no visible, hacer cambios bruscos o inapropiados de carril, cargar combustible con pasajeros dentro del vehículo, recoger pasajeros en lugares no permitidos, conducir con las luces del vehículo quemadas, no respetar las ciclovías, dejar niños en los vehículos sin supervisión, llevar en los brazos o en lugares inapropiados mientras conduce a personas, objetos o animales, adelantar un transporte escolar en lugares en donde no está permitido, exceder el número de pasajeros en las motos, ser propietario de un motor y negarse a prestar ayuda cuando se le requiere, negarse a transportar un ciclista en transporte público si cuenta con facilidades para ello, conducir vehículos del sector público fuera de las horas de oficina sin el permiso requerido.
Contravenciones Leves Segunda Clase: La sanción será el pago de una multa del 10% de una remuneración básica y la pérdida de 3 puntos en la licencia de conducir para aquellas personas que: Conduzcan en las vías destinadas para los buses, no cuenten con botiquín de primeros auxilios y extintor, se queden sin combustible y obstaculicen el tránsito, no tomen las medidas de seguridad necesarias al transportar menores de edad, estacionen en lugares prohibidos o destinados a personas con discapacidad, no respeten los reglamentos de emanación de gases, usen el celular mientras conducen, no enciendan las luces en la noche o en lugares oscuros, usen vidrios polarizados, no coloquen el triángulo de forma correcta en caso de desperfecto mecánico, usen sirenas no autorizadas en el vehículo, no detengan el vehículo antes de cruzar una vía férrea o exclusiva para buses, irrespeten los descuentos (en los transportes públicos) a niños, estudiantes y personas mayores de 65 años, conduzcan por la derecha en vías de doble sentido.
También serán sancionados:
Los transportistas que maltraten verbal o físicamente a los usuarios, servicios de mecánica que sean prestados en la vía pública, circular por zonas restringidas, conducir sin licencia, vehículos de transporte público que circulen con las puertas abiertas, contar con sistemas de video instalados en el vehículo que puedan causar distracción, llevar a cabo, con vehículos de tracción animal, competencias en la vía pública.
Contravenciones Leves Primera Clase: La sanción será el pago de una multa del 5% de una remuneración básica y la pérdida de 1.5 puntos en la licencia de conducir para aquellas personas que: Usen de forma indiscriminada la bocina u otros equipos de sonido, no usen el cinturón de seguridad, no mantengan una distancia prudencial entre vehículos, boten deshechos en la vía pública desde el vehículo, no registren el traspaso de su vehículo en un máximo de 30 días, usen sin autorización luces, neblineros o faros en sitios prohibidos, conduzcan con animales en los asientos delanteros, etc.
Se sancionará también a los peatones en los siguientes casos: cuando no transiten por las aceras o lugares destinados para ello, no despejen la vía ante una señal de sirena o emergencia. Asimismo, no se podrá ejercer actividad comercial en zonas de seguridad peatonal o calzada.
Los ciclistas o motociclistas a su vez, serán sancionados cuando transiten por lugares no permitidos, o no respeten la señalización reglamentaria.
En el caso del transporte público, serán sancionados cuando no estén debidamente identificados de acuerdo al servicio que prestan, no presenten la lista de pasajeros cuando se trate de transporte interprovincial o internacional, no coloquen al servicio de los usuarios bolsas para la basura.
Los discapacitados que conduzcan un vehículo sin los documentos necesarios, también serán sancionados.
Estos son , en gran medida, los delitos y contravenciones que deberás tener en cuenta a la hora de conducir para que, de esta forma, puedas evitar momentos desagradables, multas o sanciones.
No beber si vas a conducir, respetar las señales de tránsito, mantener en buen estado tu vehículo, no exceder el límite de velocidad, entre las muchas otras que ya te presentamos, son las mejores formas de evitar, no sólo que seas multado o sancionado, sino que se constituyen en la mejor forma de prevenir accidentes de tránsito.
Aspectos a tener en cuenta sobre las alteraciones de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, en el 2016:
Conducir un vehículo (de carga, comercial o transporte público) con un grado máximo de alcohol de 0.1 gramos (el equivalente a un vaso de cerveza), generará una multa de dos remuneraciones básicas, perderá los 30 puntos de la licencia de conducir y deberá ir a prisión por 60 días.
Regirán los 30 puntos de la licencia de conducir. Tras la primera pérdida de los mismos el Conductor podrá recuperar 20 puntos, luego de 60 días de suspension y de haber hecho un curso en las Escuelas de Conducción. Si los pierde de nuevo, podrá recuperar solo 15 puntos, luego de 120 días de suspensión y tomar el curso. Si los pierde por una tercera vez, se suspenderá la licencia por un año, deberá hacer el curso y sólo podrá recuperar 15 puntos.
Conducir un vehículo en estado de embriaguez, representará un sanción de 30 días de prisión y la pérdida de 15 puntos en la licencia de conducir, además de un multa.
La reincidencia en cualquiera de las contravenciones implicará una sanción con el doble del máximo de la multa que corresponda a dicha sanción.
Si desea hacer la consulta de sus infracciones de tránsito, podrá hacerlo vía internet, en la página web de la Policía Nacional del Ecuador.
Fuente: Adipiscor.com